viernes, 3 de julio de 2015

ENTRAN EN VIGOR LA “LEY MORDAZA” Y LA REFORMA DEL CÓDIGO PENAL

    Esta semana han entrado en vigor dos leyes clave para el Gobierno del Partido Popular que preside Mariano Rajoy. Se trata de la reforma de la Ley Orgánica de Seguridad Ciudadana, apodada “Ley Mordaza” por la mayoría de la opinión pública; y de la reforma del Código Penal. Decimos que son leyes clave porque en ellas se observa una gran carga ideológica, la de una derecha muy conservadora, reaccionaria.
 
   De la “Ley Mordaza” se ha dicho, y con acierto, que pretende criminalizar la contestación social, la protesta, castigando, por un lado, conductas que hasta ahora se entendían como formas legales de manifestarse, reunirse u opinar; y, por otro, agravando sanciones desmesuradamente por la comisión de infracciones ya existentes, vulnerando así el principio de proporcionalidad por el que debe regirse el Derecho sancionador.
  
   Por su parte, la reforma del Código Penal reintroduce una figura punitiva desaparecida en nuestro país hace muchos años, muchas décadas. Se trata de la cadena perpetua, enmascarada bajo el eufemismo de “prisión permanente revisable”. Desde una óptica no ya progresista, sino puramente humanitaria, no podemos defender la cadena perpetua. Y no podemos porque todos los seres humanos, hasta el criminal más vil y abyecto, tiene dignidad y derechos, en este caso, derecho a la reinserción social. Y tiene derecho porque toda conducta criminal es producto de un aprendizaje por lo que, en consecuencia, se puede “desaprender”. Quienes defienden la cadena perpetua, fundamentalmente desde las filas del Partido Popular, aducen que esta medida satisface a las víctimas de los delitos y que al ser revisable se preserva el derecho a la reinserción social. Esos argumentos son inadmisibles puesto que el primero supone una utilización política del sufrimiento de las víctimas, mientras que el segundo desampara al reo, que además de la promesa de tener oportunidades reales de reinserción, debe conocer el plazo máximo de privación de su libertad por una cuestión de seguridad jurídica, y esto se hace imposible si el encierro es a perpetuidad.

    En conclusión, estas reformas se enmarcan dentro de un “populismo punitivo”, que no resuelve el problema de la criminalidad pero que va destinado peligrosamente a excitar sentimientos de venganza. Un desafío a nuestra Constitución por cuanto ataca frontalmente sus valores y principios, el concepto mismo de Estado social y democrático de Derecho.


Escrito por Pedro Molina

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